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Licencia de apertura

El procedimiento de licencias de apertura en la OAAE (Ordenanza de Actividades Económicas en la ciudad de Madrid) tiene carácter residual, es decir, tan solo se tramitan por este procedimiento las actuaciones recogidas en el art. 25.

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¿Qué es una licencia de apertura?

La licencia de apertura es un trámite obligatorio a través del cual se demuestra que un local, una oficina o una nave cumple con la normativa vigente en cada municipio para llevar a cabo una determinada actividad comercial.

La licencia de apertura la concede el Ayuntamiento de cada municipio y las exigencias pueden variar de un municipio a otro. Los requisitos que debe cumplir un local para recibir su licencia de apertura se refieren a aspectos técnicos, medioambientales, higiénicos y urbanísticos.

Actividades y obras tramitadas por licencia de apertura

Las obras y/o actividades que se tramitan por licencia, de forma muy sucinta, son:

  • aquellas que se lleven a cabo en inmuebles declarados BIC o con Nivel I de protección arquitectónica,
  • aquellas que requieran de la ejecución de alguna obra sujeta a proyecto técnico según la LOE (excepto los comercios y las oficinas, las cuales podrán tramitarse por DR),
  • las actividades sujetas a algún procedimiento medioambiental (tanto por la normativa estatal como autonómica),
  • cualquier actividad de hospedaje
  • y, de forma potestativa en algunos casos, las actividades sujetas a la LEPAR (ej.: bares, restaurantes, etc.), así como las actividades industriales de elaboración de alimentos (ya sean pequeña o gran industria).
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Nos ponemos a su disposición para tramitar una Licencia de Apertura

Contamos con un equipo de profesionales que pueden asesorarle en todo momento y resolver sus dudas. Contamos con un equipo técnico que controla todas las fases del procedimiento para tramitar la Licencia de Apertura.

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Proceso de obtención de licencia de apertura

Inicio del procedimiento
Para iniciar el procedimiento, deberá aportarse la solicitud y la documentación necesaria establecida en el Anexo II de la OAAE:
Documentación necesaria
Proyecto técnico.
Declaración de Conformidad suscrita por el técnico/s redactores del proyecto, etc.
Plazo por parte de la ECU
Desde este momento, AECLU, como Entidad Colaboradora Urbanística, tiene el plazo de un mes para estudiar y emitir, en su caso, el requerimiento documental y el requerimiento técnico que fueran precisos, para los que se determina el plazo de 10 días hábiles para la contestación de cada uno de ellos.

Emisión del certificado de conformidad

Emitido el Certificado de Conformidad por AECLU, el cual equivale al informe técnico municipal, supondrá la emisión del documento de Licencia Urbanística por parte del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de un mes.
Recibido el citado documento, se podrá iniciar con las actuaciones recogidas en él, teniendo que solicitar en AECLU la visita de fin de obra, y en los supuestos de nueva edificación, la de inicio de obra, con el fin de obtener el Certificado de Conformidad perteneciente a la Licencia de Funcionamiento, necesaria para la puesta en marcha de la actividad o la plena eficacia jurídica, en materia de urbanismo, de la obra.
En el plazo de 15 días hábiles desde el registro del Certificado de Conformidad de Funcionamiento, recibirá por parte del Ayuntamiento el documento de Licencia de Funcionamiento.
Si necesitas más información sobre precios, plazos, proceso para conseguir una licencia de apertura en el Ayuntamiento de Madrid o cualquier servicio relativo a la gestión de licencias de municipales, puedes ponerte en contacto con nosotros.

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DATOS DE CONTACTO

AECLU LICENCIAS URBANÍSTICAS, S.L.

Dirección: Paseo de la Habana, 22 1ª Planta 28036. Madrid
Teléfono: 911 39 19 19
Email: contacto@aeclu.com

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    Identidad: AECLU EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD, SL - CIF: B85100592 Dirección postal: Paseo de la Habana, 22 1ª Planta 28036. Madrid - Teléfono: 911164095 Correo electrónico: CONTACTO@AECLU.COM
    En nombre de AECLU EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD, SL tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado (ENTIDAD COLABORADORA URBANÍSTICA PARA TRAMITACIÓN DE LICENCIAS MUNICIPALES), realizar la facturación del mismo. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en AECLU EDIFICACIÓN Y SOSTENIBILIDAD, SL estamos tratando sus datos personales por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios. Asimismo solicito su autorización para ofrecerle productos y servicios relacionados con los solicitados y fidelizarle como cliente.

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      ACTUACIONES USO RESIDENCIAL

      Ya está en vigor la nueva ordenanza de tramitación de DR y Licencias en Madrid, OLDRUM, por la cual ya podemos tramitar todas las actuaciones que se realicen en el Uso Residencial.

      Más información

      Suspensión Licencias y DR. Aprobación Inicial Modificación PGOUM

      Aprobada inicialmente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana y acordada la suspensión de Licencias y DR en todo el término municipal hasta la aprobación definitiva de dicho texto, para poder tramitar cualquier actuación durante este periodo, es necesario cumplir ambas normas (el PGOUM que data del año 1997 y la modificación pendiente de aprobación definitiva). Puede encontrar la modificación de las NN.UU en el siguiente enlace:

      Más información