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Licencia De Primera Ocupacion Para Escriturar

¿Es necesaria la licencia de primera ocupación para escriturar?

En este post os presentamos una de las dudas que nos plantean a menudo en nuestro día a día como ECU en Madrid y ECCOM en Galicia.

La pregunta es en relación a si es necesario u obligatorio la licencia de primera ocupación para escriturar, así que hoy vamos a hablar sobre esta consulta en el artículo del blog.

¿Es obligatoria la licencia de primera ocupación para escriturar?

Sí, para escriturar un inmueble de obra nueva es necesaria la licencia de primera ocupación.

Existen excepciones

Se pueden encontrar excepciones, como por ejemplo que se trate de la  construcción de edificios para actividades que por estar incluidas la ley 2/2012 de la CAM no requieren licencia urbanística y se tramitan por declaración responsable.

AECLU

Somos ECU (Entidad Colaboradora Urbanística) del ayuntamiento de Madrid y ECCOM (Entidad de Certificación de Conformidad Municipal) de la Xunta de Galicia.

Esta entrada tiene 2 comentarios

    1. Hola Esther.

      Al tratarse de una disposición de carácter estatal, se aplica de forma general a todo el territorio español.
      Gracias por leer y comentar en nuestro blog.

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